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Pagina: Iniciativa - Comisión de Radio Televisión Madrid
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C-1391/2019
Número de liberados sindicales de la empresa, coste salarial de los mismos y funciones que tienen encomendadas en la empresa.
Estado: DECAIDA
Documento de apertura: 12/11/2019
Procedimiento: Por vía art. 221 R.A.
Órgano: Comisión de Radio Televisión Madrid
Autores Almudena Negro Konrad
Destinatario Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid
- 12/11/2019
- De los Miembros de la Administración Institucional
- RGEP10761-19 (12/11/2019) De los Miembros de la Administración Institucional
- 18/11/2019
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa acuerda admitirla a trámite y su envío a la Comisión de Radio Televisión Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 221 del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.
- B.O.A.M. 25 (21/11/2019) desde la página 2120 hasta la página 2120
- RGSP3254-19 (22/11/2019) Acuerdo de Mesa de 18/11/2019
- RGSP3253-19 (22/11/2019) Acuerdo de Mesa de 18/11/2019
- RGSP3230-19 (22/11/2019) Acuerdo de Mesa de 18/11/2019
- 26/11/2019
- Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid
- Del Presidente del Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid, solicitando se tengan en cuenta las siguientes consideraciones relativas a la tramitación de la Comparecencia C 1391(XI)/19 RGEP 10761. - En la enumeración de las caultades que el artículo 18 de la Ley (/2015, confiere al Consejo de Administración de RTVE no se incluye la materia objeto de consulta, no pudiendo por tanto dicho órgano colegiado informar sobre una cuesti´ñon ajena a su ámbito de competencias. - Las solicitudes de comparecencias "Innominadas" contradicen abiertamente lo previsto en el artículo 221 del Raglamento de la Asamblea, debiendo identificarse la persona cuya comparecencia se solicita, al amparo de lo previsto en el apartado 2.b) del precepto normativo ante referido
- RGEP11753-19 (26/11/2019) Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid de 26/11/2019
- 03/12/2019
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa, presupuesta la competencia que la letra e) del artículo 18 de la Ley 8/2015 atribuye al Consejo de Administración de Radio Televisión Madrid, conforme a la cual es competente para aprobar las directrices básicas en materia de personal y plantilla, considera que los miembros de dicho Órgano sí pueden informar a la Comisión acerca del objeto de la iniciativa, sin que la iniciativa C 1391(XI)/19 RGEP 10761 contradiga abiertamente el artículo 221 del Reglamento de la Asamblea de Madrid, correspondiendo a ese Consejo designar a uno de sus miembros para que, en el caso de que así lo resuelva la Comisión de Radio Televisión Madrid, comparezca ante la misma para informar sobre el objeto de la iniciativa.
- RGSP3527-19 (10/12/2019) Acuerdo de Mesa de 03/12/2019
- RGSP3528-19 (10/12/2019) Acuerdo de Mesa de 03/12/2019
- RGSP3482-19 (10/12/2019) Acuerdo de Mesa de 03/12/2019